Falta de verificación legal del terreno fue un error grave puesto que:
○ Política 3: Registro Legal y Administrativo (Art. 3): Requiere identificar y documentar todos los requisitos legales para la constitución y operación de la iglesia, incluyendo propiedad y uso de bienes.
De haberse cumplido esta parte se hubiera prevenido en gran media las situaciones desagradables que ocurrieron.
○ Política 21: Ministerio de Consejería Legal (Art. 16): Establece que debe existir un ministerio jurídico que supervise registros, contratos y documentación.
No verificar títulos o servidumbres expone a la iglesia a litigios, sanciones y pérdida de estabilidad jurídica. De existir un organismo que desempeñe esta responsabilidad con efectividad se puede dar pasos más concretos legal previniendo estafas o errores lamentables para la congregación.
